Carta de Hacienda
Si ha recibido en alguna ocasión una carta de Hacienda, lo más probable es que al principio te haya dejado mal cuerpo, ya que por norma general no se ponen en contacto con nosotros salvo que exista alguna reclamación, sanción o similar. Sin embargo, lo cierto es que existen muchas razones por las que Hacienda puede escribirnos una carta, de manera que vamos a valorar los diferentes tipos de cartas que nos pueden enviar.
Qué es una carta de Hacienda
Cuando hablamos de una carta de Hacienda, en realidad nos referimos a las notificaciones de Hacienda, que básicamente son avisos que se reciben y cuyo remitente es la Agencia Tributaria.
A través de este tipo de aviso, se nos informa acerca de alguna situación anómala o pendiente como por ejemplo si se va a realizar algún proceso próximamente, para solicitar algún documento faltante o incluso para transmitir algún tipo de información que puede ser relevante para nosotros.
Cuando se habla de haber recibido una carta de Hacienda, automáticamente nos ponemos en lo peor, y pensamos que se trata de una carta que trae muy malas noticias, pero en realidad no debemos pasar por esta mala experiencia que a la vez es innecesaria, puesto que parte de las notificaciones no son negativas, sino que se trata de información, por ejemplo porque haya cambiado algún aspecto relacionado con la facturación y para comunicar detalles que pueden ser importantes y relevantes para nosotros.
Tipos de cartas de Hacienda que puedes recibir
A continuación vamos a analizar los siete tipos de cartas que pueda enviar Hacienda, incluyendo desde las notificaciones básicas hasta las cartas que realmente nos pueden preocupar en relación con nuestra situación frente a la Agencia Tributaria:
- Carta de Hacienda comunicativa: a través de ella, la Agencia Tributaria se pone en contacto con nosotros con el objetivo de enviarnos algún tipo de notificación de carácter informativo. Hay que tener en cuenta que, aunque sean meramente informativas, se trata de cartas certificadas, por lo que hay que firmar para su recepción.
- Carta de Hacienda de comprobación: estas cartas pueden ser de tres tipos:
- Requerimientos: son notificaciones a través de las cuales se solicita la presentación de documentos determinados en la Agencia Tributaria, los cuales son solicitados porque la información que hemos enviado no coincide con aquella de la que dispone Hacienda.
- Liquidación provisional y alegaciones: es una carta con la que se nos informa que se ha producido alguna corrección de alguna declaración que hayamos presentado, en base al criterio de Agencia Tributaria.
- Resolución del procedimiento: es una comunicación final donde se han tenido en cuenta las alegaciones que podamos haber presentado, indicando la resolución final.
- Carta de Hacienda de requerimiento de información de terceros: hay casos en los que hacienda puede solicitarnos información respecto a otras personas, ya sean empresas, profesionales, autónomos o particulares, los cuales tendrán una relación con nosotros como puede ser la de proveedor, cliente o deudor.
- Carta de Hacienda de la providencia de apremio: es una notificación en la que se indica la finalización del pago voluntario de una deuda tributaria que hayamos contraído. Recuerda que en estos casos, existirá un recargo así como unos intereses que habrá que pagar de manera adicional.
- Carta de Hacienda de diligencia de embargo: aviso a través del cual se solicite información en relación con una deuda pendiente de pago a terceros.
- Carta de Hacienda de comunicación de investigación fiscal: a través de esta carta se nos anuncia que vamos a recibir una inspección tributaria. Recuerda que estas inspecciones se pueden deber a anomalías que hayan detectado en la Agencia Tributaria, o directamente puede tratarse de una investigación aleatoria que generalmente se soluciona rápidamente presentando las facturas de alguna documentación adicional en caso necesario.
- Carta de Hacienda de notificación de expediente sancionador: si se observa que hemos cometido algún tipo de infracción, entonces la Agencia Tributaria nos enviará una notificación a través de la cual se informará que se nos abre un expediente sancionador.
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